| El Decreto Ley 600 (DL 600) es un mecanismo de transferencia de capitales hacia Chile. Bajo este régimen voluntario, los inversionistas extranjeros que ingresen capitales, bienes físicos u otras formas de inversión, solicitan suscribir un contrato de inversión extranjera con el Estado de Chile.
Desde su entrada en vigencia en 1974, la mayoría de los inversionistas extranjeros ha utilizado este mecanismo. Al año 2011, se han materializado US$82.021 millones a través del D.L. 600, lo que representa un 56,5% del ingreso bruto de capitales a Chile.
Pueden acogerse al DL 600:
a) Personas naturales y extranjeras.
b) Personas jurídicas extranjeras. Dentro de esa categoría se incluye a:
Personas jurídicas de derecho privado (en cualquiera de sus formas)
Personas jurídicas de derecho público (corporaciones y fundaciones)
Estados Extranjeros
Organizaciones Internacionales
c) Personas naturales y jurídicas chilenas con residencia y domicilio en el exterior.
Quienes transfieran capitales y celebren un contrato de inversión extranjera con el Estado de Chile, quedarán acogidos al presente estatuto.
ESTATUTO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA DL 600
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